Un nuevo frente judicial se le abrió al gobierno de Leandro Zdero a
partir de su deliberada política de persecución y purga contra los trabajadores
y las trabajadoras que ingresaron a la administración provincial durante las
últimas gestiones peronistas. Se trata de una demanda por casi 50 millones de
pesos que impulsa una de las siete trabajadoras mujeres despedidas en marzo de
2024 del Fideicomiso de Administración de Pauta Publicitaria (FAPPO) que
controla el secretario de Asuntos Estratégicos, Marcos Resico, mano derecha del
gobernador, pero que depende orgánicamente de la Fiduciaria del Norte.
En rigor, la demanda se dirige contra ese organismo por despido
arbitrario y daño moral por lo que se reclama una indemnización cercana a los
50 millones de pesos. En ese contexto, el juez del Trabajo Nº 2 de Resistencia,
Ernesto Silvestri, convocó a una audiencia presencial recién para el próximo 15
de abril, a las 11.
Además del despido arbitrario, injustificado y discriminatorio por su
condición de mujer (todas las despedidas fueron mujeres y el único que conservó
su empleo con la gestión Resico es un varón), la denuncia revela que la
trabajadora no estaba registrada correctamente y que la Fiduciaria del Norte no
declaraba la remuneración real que percibía aprovechándose del poder que tenía
en la relación contractual que mantenían.
En su presentación, los abogados de la trabajadora advirtieron que “aquí
estamos en presencia de una trabajadora mujer de 54 años de edad, con casi 13
años de antigüedad en el empleo y sin antecedentes disciplinarios próximos y
relevantes. Por consiguiente, la pérdida intempestiva del empleo tuvo
perjuicios concretos en la actora al provocar la pérdida de su fuente de
sostenimiento económico personal y familiar”.
“Nuestra instituyente es una mujer honesta, proba, trabajadora, que ha
visto mancillado su buen nombre y honor y se ve perjudicada moral y
materialmente por la imputación de falsas faltas por parte de una empresa
prácticamente estatal, y que desde ese lugar de poder harto desigual, no ha
tenido freno alguno en volcar contra la accionante esta mancha moral ilegitima
que la acompañará como una sombra por mucho tiempo hasta tanto se descubra la
verdad de los hechos acontecidos e imputados. A esto se suma la dificultad de
conseguir nuevo empleo por pesar dentro de sus antecedentes la imputación que
le realizara FDN de violación a los deberes de fidelidad y de obrar con
prudencia y discreción”, agregaron.
En ese contexto, consideraron que “es indiscutible que ha existido
malicia y temeridad de la patronal hoy accionada al imputar de manera genérica
y no menos ligera la realización de un comportamiento desleal y perjuicioso a
nuestra instituyente. Amén de lo expresado la reparación por daño moral se
sostiene también en el motivo real del despido que tildamos de discriminatorio,
por cuanto, analizada la decisión rupturista en su debido contexto político y
laboral, la condición de mujer e identificación con la fuerza política que
había perdido las elecciones provinciales resultan indicios suficientes del
acto discriminatorio reprochado”.
Para los abogados de la trabajadora despedida de FAPPO, “las
particularidades del caso demandan su abordaje y juzgamiento con perspectiva de
género, por la cual se visibilice la posición de desigualdad y subordinación
estructural de las mujeres, como las relaciones de poder que provocan la
discriminación y cómo impacta en este caso concreto. Las relaciones de poder en
el ejercicio de la dirección y organización del trabajo, e inclusive el despido
de trabajadores/as, pueden constituir o encubrir el ejercicio de la violencia”.
“El despido sin causa o con una causal falsa o no probada, como se
demostrará en autos, constituyeron actos violentos y discriminatorios en
perjuicio de nuestra mandante, cuya prohibición inviste el carácter de ius
cogens y por ende no pueden ser tolerados por sistema de justicia”,
concluyeron.
Revista Litigio – Periodismo Judicial