Cabe recordar que Erik Rebollo, el
automovilista que atropelló y mató al motociclista José Ariel Ponce, hecho
sucedido el primero de septiembre de 2018, sobre calle Comandante Fernández
(12) entre 7 y 9, momento que el motociclista se movilizaba junto a su novia
Alejandra Chamorro, quien sufrió heridas de gravedad producto de la fuerte
colisión.
Fue de impacto nacional, no sólo
por el hecho del siniestro, sino por la actitud de Rebollo, quien, tras el
accidente, descendió rápidamente de su camioneta Eco Sport, y se dirigió dónde
estaba tirado y agonizando en el piso, Ariel Ponce, para agredirlo verbalmente,
en vez de intentar socorrer al accidentado.
Todo eso fue replicado en videos
que se viralizaron rápidamente por las redes sociales, y repercutieron en los
canales de alcance nacional.
Los fundamentos del nuevo juicio
En cuanto a la realización del nuevo
juicio contra Erik Rebollo, que fue condenado a dos años y seis meses, por la
jueza de la Cámara Segunda en lo Criminal, tanto el abogado defensor Matías
Jachesky, quien "pidió la absolución de su defendido, fundamentando que el
desencadenante del resultado con la muerte de Ponce, fue la maniobra realizada
en "U" hecha por el motociclista, lo que no permitió que su defendido
pueda esquivarlo" dijo el defensor.
Mientras que el fiscal de estado
Carlos Rescala, también apeló la sentencia por considerarla escasa, y por
haberse obviado pruebas fundamentales de pericias, como el exceso de velocidad
que se movilizaba a 86,82 kilómetros por hora, y con el test de alcoholemia que
le dio positivo con 1,09, tres veces de lo permitido, y sobrepasando los límites
de velocidad de 40 kilómetros por hora para la ciudad. Donde también el
imputado, debió considerar la situación del tiempo con lluvia y asfalto mojado,
que no le sería posible frenar si requería hacerlo ante una posible colisión.
Que, si respetaba todo eso, a
pesar de la maniobra fortuita de Ponce, quizás las lesiones que les hubiera
provocado no hubieran sido de gravedad, manifestó en su alegato, Carlos
Rescala.
Ante todo esos fundamentos, es que
las juezas Valle y Grillo, declararon la nulidad del fallo N 68 y del debate
que lo procede, debiendo la misma Cámara que lo dictó, pero con distintas sala
unipersonal, desarrollar un nuevo juicio y dictar el respectivo
pronunciamiento, firmaron.
Fuente: Norte