El
nuevo esquema de retenciones contempla una baja en la alícuota de 22 productos y
otros 20 no tendrán cambios, mientras que el único complejo afectado será el
sojero, con una suba 3 puntos porcentuales, de 30% a 33%.
La medida, que fue publicada en el Boletín
Oficial pese
al descontento de la Mesa de Enlace del campo, también contempla
compensaciones a productores de soja que
comercialicen menos de 100 y 1.000 toneladas anuales de oleaginoisa, tributarán
alícuotas que irán del 20% al 30%.
El decreto contempla entre los productos a la baja
al girasol y derivados, harina de trigo, maní y pescado congelado, entre otros.
A continuación el detalle de los productos con la
alícuota que deberán tributar por derechos de exportación y los puntos
porcentuales de reducción:
Productos
sin modificaciones en alícuotas de derechos de exportación (DEX):
Soja
y derivados 33% (+3 p.p.)
En
lo que respecta al esquema de compensaciones, el Gobierno explicó que el
incremento de 3 puntos porcentual alcanzará solo al 26% de los productores de
soja (14.884) que producen el 77% del volumen total de la oleaginosa, mientras
que el 74% (42.406) tributarán como máximo el 30%.
De
esta manera, a un productor que comercializa 100 toneladas (tn) anuales se le
cobrará retenciones por el 20% de sus exportaciones de soja; de 101 a 200
tonelada, 23%; de 201 a 300 toneladas, 26%; de 301 a 400 toneladas, 28%; de 401
a 500 toneladas, 29%; y de 501 a 1.000 toneladas, 30%.
FUENTE Y FOTO: ÁMBITO FINANCIERO